Procurar significa tomar las medidas y hacer los esfuerzos necesarios para que algo sea realizado. Por ejemplo, si decimos que una persona ha procurado conseguir un buen empleo, nos referimos a que ha realizado todo lo que está a su alcance para obtener un trabajo que satisfaga sus necesidades e intereses.
Cuando se ha cometido un delito, es decir, cuando se ha producido un daño o puesto en peligro un bien jurídico protegido por la ley penal, procurar justicia significa hacer todo aquello que conduzca a que los tribunales hagan justicia conforme a las leyes establecidas, sancionando a quien lo cometió y garantizando a la víctima u ofendido la reparación del daño y los demás apoyos que merece en virtud del delito.

 

La función de procurar justicia se realiza, básicamente, mediante dos actividades, las cuales se explican a continuación.

 

La investigación de los delitos

Cuando se comete un delito se abren distintas preguntas que deben ser contestadas para que se logre hacer justicia.

* ¿Se cometió realmente un delito?
* ¿Qué pruebas o evidencias se tienen de que fue cometido?
* ¿Cómo sucedieron los hechos exactamente?
* ¿Hubo testigos de los hechos? ¿Qué saben los testigos?
* ¿En qué lugar o lugares han de buscarse pruebas para documentar el caso?
* ¿Quién cometió el delito y qué pruebas lo señalan como su autor?
* ¿Lo realizó dolosamente o culposamente?
* ¿El autor del delito actuó solo?
* ¿Qué tipo de delito se cometió?
* ¿La conducta realizada corresponde con exactitud a la sancionada por las leyes penales?
* ¿Qué normas jurídicas deben aplicarse al caso concreto?
* ¿Dónde reside o se puede localizar al presunto autor del delito?


Para resolver estas cuestiones y otras muchas, nuestra Constitución, en su artículo 21, facultó al Ministerio Público para llevar a cabo la investigación de los hechos relacionados con los delitos de los que tiene noticia. La misma disposición constitucional establece que para realizar su función investigadora, el Ministerio Público será auxiliado por una policía que estará bajo su mando.

Mediante la función de procurar justicia se recolecta y analiza la información que será presentada ante el juez, con la finalidad de darle certeza o seguridad acerca de las circunstancias en las que se cometió el delito, así como de la participación de quien es señalado como su autor.

La persecución de los delitos

Corresponde también al Ministerio Público, por mandato constitucional, la función persecutoria de los delitos, la cual consiste, por una parte, en tomar las medidas necesarias para evitar que el presunto responsable trate de huir o evadirse de la acción de la justicia y sea puesto a disposición del juez. Por otra parte, también tiene la función de presentar ante el juez todos los elementos de prueba que incriminen (G) al acusado. Al mismo tiempo, el Ministerio Público buscará hacer evidentes las contradicciones y falsedades en las que pudiera caer el acusado para intentar evadir la justicia.

La persecución del delito incluye la acción de acusar ante los jueces a la persona o personas que deban responder por el delito según los datos que arroje la investigación, así como realizar todo lo necesario para que los juicios se sigan con toda normalidad y con respeto a las formalidades y plazos fijados por las leyes.

El Ministerio Público ha de actuar de buena fe, lo cual significa que no debe acusar sólo por acusar, sino que debe hacerlo exclusivamente sobre la base de la valoración y el análisis cuidadoso de los datos que la investigación pone ante sus ojos. De cualquier modo, cuando se acusa a una persona sin los suficientes elementos, los jueces están obligados a declararla inocente.