Si sufrimos un accidente en nuestro lugar de trabajo o en el trayecto a él, estamos protegidas por la ley y por lo tanto nuestra empleadora o empleador están obligados a prestarnos el auxilio necesario.

Mi mamá trabajaba de entrada por salida con un licenciado al que le gustaba que su departamento “rechinara de limpio”, ella, cada semana tenía que treparse en un banco a lavar las ventanas. Aunque mi mamá siempre es muy precavida un día se rompió un vidrio y se cayó del banco. Yo pensé que tenía el pie quebrado porque estaba muy hinchado y no se le quitaba el dolor, la llevé al centro de salud, ahí le tomaron radiografías y dijeron que era una luxación. Le inmovilizaron el pie, le recomendaron tres semanas de reposo absoluto y le recetaron algunos medicamentos.

Mi mamá para no perder el trabajo le dijo a su patrón que yo la sustituiría por tres semanas. Yo hice lo que pude para cumplir con el trabajo.... Un día sin más me dijo que lo sentía mucho pero que ya había contratado a otra persona. ¿Y, mi mamá? le pregunté, ella ha trabajado por más de cinco años con usted... Yo sabía que eso era injusto, así que nos fuimos a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a pedir que nos ayudaran... no lo van a creer pero el patrón de mi mamá le tuvo que pagar su salario, una indemnización y todo lo que gastamos por el pie lastimado.

¿Qué te hizo pensar la historia anterior?


¿Cuáles obligaciones crees que tiene una empleadora, cuando su empleada sufre una enfermedad o accidente de trabajo?

Cuando has estado enferma o has tenido un accidente, ¿que prestaciones has recibido de tu empleadora o empleador?

¿Qué recomendaciones harías para que las empleadas del hogar aprendamos a defender nuestros derechos?