Tus respuestas pueden parecerse a las que a continuación aparecen, no necesariamente tienen que ser idénticas, sin embargo, es importante que contengan algunos elementos parecidos a éstos.


1. Por el tipo de actividades que realizas como empleada del hogar y por los instrumentos y sustancias que manejas, estás más expuesta a los siguientes accidentes: quemaduras, caídas, heridas, intoxicaciones y descargas eléctricas o electrocuciones.

2. Según la Ley Federal del Trabajo, los riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo.

3. Los factores de riesgo más frecuentes en el hogar son:

El mantenimiento inadecuado de las instalaciones de la casa.

Los aparatos electrodomésticos en mal estado.

La carencia de equipo adecuado para realizar nuestras actividades.

El uso de productos químicos que pueden dañar la salud.

4. Pueden ser por ejemplo:

Realizar actividades para las que no estamos debidamente capacitadas.

Proceder con imprudencia.

No usar equipo de protección.

Realizar tareas que están por encima de nuestras fuerzas.

Falta de concentración y nerviosismo.

 

5. Algunas medidas pueden ser:

Para evitar caídas: mantener el suelo libre de obstáculos, usar el pasamanos al bajar o subir una escalera, no caminar por suelos resbalosos.

Para evitar quemaduras: prender correctamente el horno de la cocina, colocar la plancha caliente en un lugar firme, no tocar aparatos eléctricos con las manos mojadas.

Para evitar envenenamientos: guardar los alimentos lejos de productos tóxicos, no consumir el contenido de latas abolladas o abombadas, salir de lugares recién pintados o barnizados.

6. Lo que se debe aplicar es agua, mucha agua, nunca un remedio casero y asistir al médico para que valore la quemadura.

7. No debe provocarse el vómito si la persona tomó una sustancia derivada del petróleo o corrosiva como: sosa cáustica, pólvora, cerillos, gasolina, thinner, cal, entre otras. Se provoca el vómito en caso de ingerir alimentos o sustancias como: mariscos, perfume, pinturas, veneno para ratas, veneno para cucarachas, insecticidas, fumigantes, etcétera.

8. Lo primero que debemos hacer es desconectar la corriente eléctrica, para que no nos vayamos a electrocutar también nosotras, si está muy lejos o no sabemos dónde está el interruptor de energía, no perdamos el tiempo y procuremos retirarle de la electricidad tomando las debidas precauciones, como es, pararse sobre algo seco que no conduzca la electricidad y retirar a la persona con un palo seco.

9. Podrías recomendarles algo así:

Confirmar que las personas que desean emplearla efectivamente requieren sus servicios y las condiciones de trabajo que le ofrecen.

Que pida a su empleadora que la recojan en la terminal de autobuses y que pregunte el domicilio exacto de la familia.

Si tiene algún pariente o amistad en esa ciudad que le pida que la acompañe a buscar la dirección. Si no conoce a nadie en la ciudad puede pedir a alguien de su familia que la acompañe para que sepa en que lugar va a trabajar.

10. Pudiste mencionar alguna de las siguientes medidas de prevención del robo a casa habitación: nunca dar informes por teléfono a desconocidos, cerrar con llave la casa aunque salgas por unos minutos; no permitir la entrada de extraños a la casa.

11. En caso de robo es recomendable tratar de mantener la calma, no hacer movimientos de amenaza o defensa y entregar rápidamente lo que pide el agresor. Si es posible hay que tratar de memorizar sus facciones para denunciarlo posteriormente. Nunca hay que perseguirlo.

12. El Seguro Popular de Salud es una opción que promueve el Gobierno federal para todas las familias. Nos da derecho a recibir atención médica y ayuda para el pago de medicamentos.

El Seguro Social para Trabajadoras Domésticas es un seguro al que nuestra empleadora puede inscribirnos de manera voluntaria. Nos da derecho a servicios médicos, pensión por jubilación, guarderías y otras prestaciones.

Al Seguro de Salud para la Familia nos podemos inscribir nosotras y a nuestra familia pagando una cuota anual por persona asegurada. Con este seguro sólo tenemos derecho a los servicios médicos.

13. Si marcaste todos, estás en lo cierto. En caso de sufrir un accidente o enfermedad en nuestro lugar de trabajo o en el trayecto a éste. Nuestro empleador está obligado a proporcionarnos: asistencia médica y quirúrgica y rehabilitación.