El salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por sus servicios. El salario es un derecho irrenunciable, además debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo por la ley.

Este pago no sólo se da en dinero, también se puede complementar en especie, es decir que a cambio de nuestros servicios nos den un bien o una prestación. A la suma de todo eso se le llama salario integral.

En el caso de las empleadas del hogar, el salario integral se conforma por salario o sueldo en efectivo, ya sea diario, por semana, quincena o mes y prestaciones en especie, por ejemplo, si tu empleador o empleadora te proporciona alimentos, habitación, despensa, aguinaldo, prima vacacional, etcétera.



¿Por qué crees importante conocer cómo se conforma nuestro salario integral?

En tu actual empleo ¿cuál es tu salario integral? Anota la cantidad que recibes:

Pago que recibo en efectivo cada mes $

Aguinaldo $

Prima vacacional $

Escribe tus otras prestaciones:(despensa, habitación, alimentos)

Entre las empleadas del hogar lo más común es que el salario se fije por unidad de tiempo, o sea por día, semana o quincena, para las empleadas que trabajan con un solo patrón, y por unidad de obra o tarea a las empleadas que se dedican a alguna especialidad, por ejemplo, lavar o planchar.

En la LFT se especifica que el plazo para pagar los salarios no puede ser mayor de una semana o quince días. Además, el pago del salario se debe hacer en tu lugar de trabajo y en el día laborable convenido, te lo deben entregar directamente a ti para que dispongas libremente de él.

Es importante que sepas que la LFT prohíbe que se apliquen descuentos al salario, salvo que hayas solicitado un préstamo o anticipo de tu sueldo a tu empleadora. En ese caso debes ponerte de acuerdo con ella sobre la forma en que te lo descontará, los descuentos no deben ser mayores al 30% de tu salario.

Ten presente que las deudas contraídas por los trabajadores con sus patrones en ningún caso generan intereses o réditos, sólo pagarás la cantidad que te prestaron.

El aguinaldo es un pago anual, equivalente a por los menos 15 días adicionales de salario. Todos los trabajadores tenemos derecho al aguinaldo y se nos debe pagar antes del día 20 de diciembre.

Las personas que todavía no cumplen un año de trabajar para el mismo patrón o las que renunciaron antes de cumplir el año de trabajo también tienen derecho a que se les pague una parte proporcional del aguinaldo de acuerdo con el tiempo trabajado.