Si sufrimos un accidente en nuestro lugar de trabajo o en el trayecto
a él, estamos protegidas por la ley y por lo tanto nuestra empleadora
o empleador están obligados a prestarnos el auxilio necesario.
Mi mamá trabajaba de entrada por
salida con un licenciado al que le gustaba que su departamento
“rechinara de limpio”, ella, cada semana tenía
que treparse en un banco a lavar las ventanas. Aunque mi mamá
siempre es muy precavida un día se rompió un
vidrio y se cayó del banco. Yo pensé que tenía
el pie quebrado porque estaba muy hinchado y no se le quitaba
el dolor, la llevé al centro de salud, ahí le
tomaron radiografías y dijeron que era una luxación.
Le inmovilizaron el pie, le recomendaron tres semanas de reposo
absoluto y le recetaron algunos medicamentos.
Mi mamá para no perder el trabajo le dijo a su patrón
que yo la sustituiría por tres semanas. Yo hice lo que pude
para cumplir con el trabajo.... Un día sin más me dijo
que lo sentía mucho pero que ya había contratado a otra
persona. ¿Y, mi mamá? le pregunté, ella ha trabajado
por más de cinco años con usted... Yo sabía que
eso era injusto, así que nos fuimos a la Procuraduría
de la Defensa del Trabajo a pedir que nos ayudaran... no lo van a
creer pero el patrón de mi mamá le tuvo que pagar su
salario, una indemnización y todo lo que gastamos por el pie
lastimado.
¿Qué te hizo pensar la historia anterior?
¿Cuáles obligaciones crees que tiene una empleadora, cuando
su empleada sufre una enfermedad o accidente de trabajo?
Cuando has estado enferma o has tenido
un accidente, ¿que prestaciones has recibido de tu
empleadora o empleador?
¿Qué recomendaciones harías para que las empleadas
del hogar aprendamos a defender nuestros derechos?