La ley reconoce dos formas de consentir,
una verbal y otra escrita. Como consecuencia, la ley acepta
esas dos formas de ponerse de acuerdo, a ese acuerdo de voluntades
se le llama contrato.
En el contrato, las partes, es decir,
tu patrón o patrona y tú, se ponen de acuerdo
con respecto a las condiciones de trabajo de la relación
que inician.
El artículo 24 de la Ley Federal
del Trabajo establece que las condiciones de trabajo deben
hacerse constar por escrito y tanto la empleada como la empleadora
tienen que conservar una copia de ese escrito.
El escrito donde consten las condiciones
de trabajo puede contener lo siguiente:
Nombre, nacionalidad
edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y
del patrón.
El servicio o servicios que prestará
el trabajador se deben describir con la mayor precisión
posible.
El lugar o los lugares donde se
realizará el trabajo.
La duración de la jornada.
El salario que se percibirá
y otras condiciones de trabajo, tales como días
de descanso, vacaciones y demás que convengan al
trabajador y al patrón.
En la Revista del
curso el artículo "Las maneras que la ley
reconoce para consentir", y después realiza
las siguientes actividades.
Consulta la Revista haciendo clic
en el botón de Recursos.
Con tus palabras, menciona las formas
de consentir o de aceptar que el derecho reconoce:
¿Por qué es importante
que se establezcan en el contrato individual de trabajo, con
toda precisión, el o los servicios que deben prestarse?
¿Por qué es importante
establecer en el contrato las condiciones de trabajo que acordamos
con nuestra empleadora o empleador?
Imprime y guarda en
tu carpeta personal esta actividad porque forma parte
de las evidencias de desempeño que tendrás
que mostrar al finalizar el curso.