a) Las vacaciones.

Son una prestación establecida legalmente en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo. Ahí establece que “los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas conforme a su antigüedad”.

 

Calcula el número de días que te corresponden por la antigüedad en el empleo.

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Con las vacaciones, el trabajador repone energías y destina un tiempo para realizar otras actividades necesarias para él y su familia.

b) El aguinaldo.

El aguinaldo se calcula con base en el sueldo o salario nominal. De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: "Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual, que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos".

Quienes no han cumplido un año de trabajo, tienen derecho a que se les pague la parte proporcional de acuerdo con el tiempo trabajado.

c) Utilidades.

En las empresas privadas, los trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades de la empresa.

El 10% de esas ganancias de la empresa se debe repartir entre los y las trabajadores/as de acuerdo con su salario y los días de trabajo efectivo en el periodo de un año.

Para obtener información precisa, acude con tu patrón, si es posible, o con las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en tu localidad.