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![]() a) Las vacaciones. Son una prestación establecida legalmente en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo. Ahí establece que “los trabajadores tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas conforme a su antigüedad”.
Con las vacaciones, el trabajador repone energías y destina un tiempo para realizar otras actividades necesarias para él y su familia. b) El aguinaldo. El aguinaldo se calcula con base en el sueldo o salario nominal. De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: "Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual, que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos". Quienes no han cumplido un año de trabajo, tienen derecho a que se les pague la parte proporcional de acuerdo con el tiempo trabajado. c) Utilidades. En las empresas privadas, los trabajadores tienen derecho a participar en las utilidades de la empresa. El 10% de esas ganancias de la empresa se debe repartir entre los y las trabajadores/as de acuerdo con su salario y los días de trabajo efectivo en el periodo de un año. Para obtener información precisa, acude con tu patrón, si es posible, o con las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en tu localidad.
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