¿Cómo prevenir el delito?
 
Las relaciones sexuales con amor, con placer, con responsabilidad, con respeto
y sin miedos, resultan una experiencia maravillosa.
 
Los derechos sexuales favorecen una sexualidad saludable en los seres humanos
y, por lo tanto, en las sociedades. Éstos se basan en los derechos humanos
universales de libertad, dignidad e igualdad de todos los seres humanos. Es
importante que los promovamos en todas las sociedades, ya que la salud sexual
es el resultado de un ambiente donde se conocen y ejercen estos derechos.
 
El derecho a la libertad sexual. Se refiere a la plena expresión del potencial
sexual de los individuos, libre de coerción, explotación y abuso sexual.
 
El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del cuerpo. Incluye la toma de decisiones autónomas sobre la propia vida sexual, dentro del contexto de la ética personal y social, libres de tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
 
 
El derecho a la privacidad sexual. Involucra el derecho a las decisiones y conductas individuales, realizadas en el ámbito de la intimidad siempre y cuando
no interfi eran en los derechos sexuales de otros.
 
El derecho a la equidad sexual. Se refiere a la oposición a todas las formas
de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
 
El derecho al placer sexual. El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es
fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
 
El derecho a la expresión sexual emocional. Todo individuo tiene derecho
a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión
emocional y el amor.
 
El derecho a la libre asociación sexual. Significa la posibilidad de contraer o no
matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales responsables.
 
El derecho a la toma de decisiones reproductivas, libres y responsables. Abarca
el derecho a decidir tener o no hijos, el número y espaciamiento entre cada
uno, y el derecho a recibir información sobre los métodos anticonceptivos.
 
 

El derecho a información basada en el conocimiento científico. La información sobre la sexualidad debe ser científica, libre y ética, y su difusión apropiada para cada nivel social.

El derecho a la atención de la salud sexual. Debe orientarse a la prevención y tratamiento de los trastornos sexuales.