Comisión
Nacional de Derechos Humanos
Recomendación 02/2002
Síntesis: El 10 de mayo
de 2001 se [...] remitió la queja de la señora López,
en la que denunció hechos presuntamente violatorios al derecho
a la protección de la salud y la vida de su hermana Rocío
y su hijo, cometidos por servidores públicos del IMSS, consistentes
en una inadecuada prestación del servicio público
de salud.
Del análisis de los hechos y evidencias [...], esta Comisión
Nacional de los Derechos Humanos consideró que cuenta con
elementos que acreditan violaciones a los derechos humanos de la
señora Rocío López y su hijo debido a la deficiente
atención médica que se les proporcionó, actuación
de la que deriva la responsabilidad médica y administrativa
de los gineco obstetras Gómez, Luna y Ruiz, así como
de los doctores Hernández, Ortiz y Álvarez, del Servicio
de Medicina Interna, todos ellos adscritos al Hospital General de
Zona, número 45, en Guadalajara, Jalisco, al transgredir
en el cumplimiento de sus funciones el derecho a la protección
de la salud en el artículo 4o., párrafo tercero, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
además contravinieron los artículos [...] de la Ley
General de Salud [así como distintos artículos de]
la Ley del Seguro Social, del Reglamento de Servicios Médicos
a los Derechohabientes del IMSS y de la Ley Federal de Responsabilidades
de los Servidores Públicos, toda vez que procedieron de manera
indebida y no proporcionaron a los agraviados la valoración
y vigilancia médica adecuada, oportuna, profesional y de
calidad, como es su obligación, puesto que de ello dependían
la salud y la vida de ambos.
En consecuencia, este Organismo Nacional emitió la Recomendación
2/2002 al director general del IMSS en la que se establece se sirva
instruir a quien corresponda para que [...] la investigación
se integre y resuelva conforme a derecho a la brevedad [...]; se
ordene y se realice el pago de la indemnización que proceda
[...], por ocasionar la muerte de la señora Rocío
López; se investiguen las causas de la muerte del producto
para efectos de que se determine la responsabilidad administrativa
en que hubiesen incurrido los servidores públicos tratantes.
[...]
Comisión Nacional de Derechos
Humanos, Recomendaciones del año 2002, recomendación
02/2002.
Nota: se han utilizado nombres ficticios para las personas involucradas
en el caso.
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