Unidad 1 Somos personas - Tema 2 Tenemos derechos - |
Una persona puede ser detenida por una autoridad únicamente cuando: —Tenga una orden escrita del juez (orden de aprehensión). —Tenga una orden escrita de un agente del Ministerio Público, en la que explique y justifique el motivo de la detención. —Sea sorprendida en flagrancia, es decir, cuando sea vista en el momento de cometer un delito. —Haya sido citada por un juez o por el Ministerio Público y no se haya presentado. En este caso, sólo se le puede llevar ante la autoridad, sin que quede privada de su libertad, o ser arrestada por desacato, hasta por treinta y seis horas. —Haya cometido faltas administrativas, como ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados.
Cuando una persona es detenida, tiene derecho a ser informada de las
razones de su detención y notificada de los cargos contra ella;
a ser puesta sin demora a disposición del juez; a tener los medios
adecuados para defenderse; a que los testigos del acusador y los propios
sean interrogados; a ser juzgada en un plazo razonable, o a ser puesta
en libertad; a no ser obligada a declarar contra sí misma. |