
Artículo
3º. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado
-Federación, Estados y Municipios impartirán educación
preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria
son obligatorias.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar
armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará
en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad
internacional, en la independencia y en la justicia.
Alvarez
Cordero, Ma. Del Carmen y otras. El derecho a la vida, en
Uno, dos, tres por mí, por tí, por todos. Los derechos humanos
de los niños y las niñas. Colectivo mexicano de apoyo
a la niñez. COMEXANI. México, 1995
II, el
Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio
de la educación primaria, secundaria y normal para toda la República.
Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión
de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores
sociales involucrados en la educación, en los términos que
la ley señale.
IV. Toda la
educación que el Estado imparta será gratuita.
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