Artículo 3º. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados y Municipios impartirán educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Alvarez Cordero, Ma. Del Carmen y otras. “El derecho a la vida”, en Uno, dos, tres por mí, por tí, por todos. Los derechos humanos de los niños y las niñas. Colectivo mexicano de apoyo a la niñez. COMEXANI. México, 1995

II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.

IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita.

 

Indice Fascículos Indice Temático cerrar