Las leyes reconocen que una persona enfrentaría una situación muy difícil si fuera obligada a denunciar a sus seres queridos o a personas con las que tiene una relación muy estrecha. De ahí que dicha conducta no sea castigada. Sin embargo, el hecho de que no se castigue el encubrimiento en estos casos, no significa que la ley permita la impunidad, ni tampoco que admita la realización de actos dirigidos a obstaculizar la acción de las autoridades encargadas de procuración de justicia, como corromper (G) a las autoridades, amenazar a los testigos y alterar documentos oficiales con la intención de borrar o desaparecer pruebas o evidencias del delito.