Unidad 3 Tema 1 Actividad 35

 

Son variadas las violaciones a los derechos humanos que las autoridades pueden cometer al procurar la justicia.



Contesta las preguntas siguientes.

Cuando tú o alguien conocido ha sido víctima de un delito, una vez que el asunto quedó en manos de la Procuraduría de Justicia, ¿se han respetado tus derechos humanos?

No


¿Qué derechos?

¿Conoces algún caso en el que la persona que cometió algún delito haya sufrido alguna violación a sus derechos humanos, durante o después de su detención?

No

¿Cuáles derechos?

La violación a los derechos humanos sucede cuando funcionarios o autoridades abusan de sus facultades, es decir, cuando no respetan los derechos de alguna persona. También, cuando permiten que otros dañen esos derechos.

Entre las violaciones a los derechos humanos que pueden cometerse contra las víctimas u ofendidos pueden señalarse las siguientes:

  • La integración irregular de la averiguación previa.
    Esta violación ocurre, por ejemplo, cuando el Ministerio Público abandona o no atiende su función de perseguir un delito debiendo hacerlo.

  • El no ejercicio de la acción penal sin justificación.
    Esta violación ocurre cuando, habiendo elementos suficientes para ejercer la acción penal, el Ministerio Público deja de hacerlo sin justificación.

  • La dilación, es decir, el retraso en la investigación o persecución de los delitos.
    Se genera, por ejemplo, cuando las autoridades encargadas de procurar justicia no actúan con rapidez y oportunidad.

  • La falta de asesoría jurídica.
    Se comete cuando la autoridad no informa a la víctima sobre sus derechos durante la averiguación previa.

Los presuntos autores del delito, por su parte, pueden sufrir las siguientes violaciones:

La detención arbitraria o ilegal.

Es cuando a una persona se le priva de la libertad fuera de los casos de flagrancia (G) o cuando se realiza sin que previamente se haya emitido una orden judicial o del Ministerio Público. Este último puede ordenar, en ciertas situaciones, la detención sin orden judicial en casos urgentes, cuando por razón de la hora, lugar o circunstancia
no pueda acudir ante un juez a solicitar la orden de aprehensión. Para que se pueda realizar esta detención, debe tratarse de un delito grave y existir un riesgo real
de que el indiciado(G) puede evadir la acción de la justicia.

En el artículo 16 de la Constitución se establece que no puede expedirse orden de aprehensión si no está debidamente justificada. Lo cual significa que los actos de las autoridades siempre deben estar por escrito y especificar la ley o reglamento, y de manera precisa los artículos bajo los cuales se llevan a cabo esos actos, y explicar las razones o motivos por los que en ese caso es procedente librar la orden de aprehensión. Cualquier detención que no cumpla con los requisitos será considerada ilegal.

  • La tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes

    Los servidores públicos que desempeñan funciones de procuración de justicia, cometerían tortura si causaran dolores o sufrimientos físicos, o daños emocionales o mentales con el fin de obtener del torturado, información o una confesión

  • Los cateos ilegales

Si los agentes del Ministerio Público y de la Agencia Federal de Investigación (AFI) se metieran en un domicilio sin la correspondiente orden de cateo, ello constituiría una violación a los derechos humanos, puesto que estarían cometiendo un allanamiento de morada y no un cateo.

Para que estos servidores públicos puedan ingresar en el domicilio de los particulares en busca de personas u objetos relacionados con un delito, deben contar con un documento llamado orden de cateo emitida por un juez. Las siguientes son precisiones importantes y características que se deben conocer con respecto a este documento.

1. La orden de cateo siempre debe: ir por escrito, ser original y no copia fotostática, contener la firma de puño y letra de la autoridad judicial que la expide.
   
2. En una orden de cateo debe expresarse con claridad: el motivo del cateo, el lugar (domicilio) que ha de inspeccionarse, la persona o personas que vayan a aprehenderse o los objetos buscados. Los cateos deberán practicarse entre las seis de la mañana y seis de la tarde.
   
3. La orden de cateo debe presentársele a los ocupantes del domicilio donde se pretenda ejecutar un cateo.
   
4. Al momento de terminar el cateo, debe levantarse un acta donde se mencione todo lo que allí ocurrió, a lo cual se le llama acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado.

Si lo anterior no se cumple, la autoridad está violando un derecho, lo cual puede ser motivo para presentar una queja.

  • Incomunicación de los detenidos

La Constitución establece, en su artículo 20, que la incomunicación de los detenidos está prohibida y que debe ser castigada por las leyes penales. Esta violación podría cometerse cuando el Ministerio Público y la policía que lo auxilia, impiden al detenido, de forma ilegal, ponerse en contacto con su abogado, con sus familiares o con los funcionarios de las comisiones públicas de derechos humanos.

 

 

Lee en tu Antología el texto Ejemplos de casos que investigan los organismos públicos de protección a los derechos humanos. Posteriormente, escoge tres casos de los presentados en dicha lectura que hayan llamado tu atención y menciona qué derechos humanos se violaron en cada caso.

 

Casos seleccionados
¿Qué derechos humanos fueron violados?


¿Cómo piensas que se podrían evitar dichas violaciones e impedir que queden impunes?

Para que casos como los anteriores no queden impunes, se puede presentar una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) o ante alguna de las comisiones locales.

En la siguiente actividad conocerás una de las maneras en que puede presentarse una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos.