La separación de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)
 

Reflexiona y contesta la pregunta.

 

¿Recuerdas lo que vimos en los subtemas "Los conflictos" y "La autoridad en la familia" de la Unidad 1 referente al poder? Si lo prefieres, consulta nuevamente esos subtemas y luego, con el auxilio de otras personas, define:

 

¿Qué es para ti el poder?

 

De manera general, el poder es la capacidad o posibilidad de obrar, de producir efectos y esta posibilidad de obrar, si no se controla, desemboca en efectos terribles como podrás enterarte en la lectura "El refugio" de la Antología que viene un poco más adelante.

 

Un estado democrático se caracteriza también por la división de poderes; si el poder de un estado se concentra en una sola persona o un grupo, se vuelve peligroso y antidemocrático. Sin embargo, el poder es necesario para regular la vida en una sociedad, en un país, por lo tanto, es importante controlarlo y limitarlo.

 

En la Constitución Política, el Artículo 49 se refiere a la división de poderes:

 

"El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. [...]".

 
 

La división de poderes tiene el propósito de poner límites al ejercicio del poder, evitar que se concentre en una sola persona o grupo de personas y garantizar un estado democrático regido por las leyes.

 

Cada uno de los poderes de la federación tiene facultades o funciones específicas, y cuenta con su representante; investiga las facultades de cada uno y por quién está representado. Escríbelo en el siguiente cuadro.

 

Poder

Representado por

Principales facultades

Ejecutivo

Legislativo

Judicial

 

Lee en la Antología el texto El refugio.

 

Contesta.

 

¿Apruebas todas las decisiones que tomó la dirección del Club del Refugio?

 
No
 

¿Por qué?

 

¿Con cuál o cuáles de estas decisiones estás de acuerdo? ¿Por qué?

 

¿Cuál debiera ser el sentido de los acuerdos tomados por quienes dirigen?

 

¿Había división de poderes en el sistema de gobierno del Refugio?

 
No
 

¿Qué hechos lo comprueban?

 

Consulta en la Constitución el Artículo 29 para que conozcas los casos excepcionales en los cuales se puede suspender la división de poderes en nuestro país.

 

Otros sitios en Internet : Artículo 29 constitucional.