Además de la división del gobierno en los tres poderes que hemos revisado, se encuentra dividido en tres niveles: federal, estatal y municipal. Esto se debe también al Pacto Federal que mantienen los estados que conforman los Estados Unidos Mexicanos, nombre oficial de nuestro país; este pacto permite que cada integrante tenga la libertad de gobernarse en forma autónoma y elaborar sus propias leyes.
Contesta las preguntas siguientes.
¿Cuál es el nombre del estado en donde vives?
¿Cuál es el nombre del municipio o delegación donde se encuentra tu domicilio?
En las oficinas del municipio, ¿cuáles trámites acostumbras realizar?
Sobre este tema Lupita comenta con las personas que asesora.
Lupita: —¿En qué consiste un gobierno federal?, ¿Investigaron algo sobre este tema?
Margarita: —Sí, yo encontré, que la República Mexicana es Federal porque se reconoce a los gobiernos locales la libertad de administrar los recursos y asuntos particulares con respecto al gobierno central.
Roberto: —Yo no entendí muy bien eso del federalismo.
Raquel: —No es tan complicado, mira, también es una forma de distribuir el poder, las funciones y las obligaciones entre todos los estados que forman la República Mexicana.
Francisco: —Todavía más claro: se reconoce la soberanía de los estados y por tanto la libertad que tienen de gobernarse en forma autónoma y elaborar sus propias leyes. Sólo que éstas, no deben estar en contradicción con lo que establece la Constitución.
Roberto: —Y entonces, el municipio, ¿qué?
Rosa: —Al municipio se le considera la base de nuestra democracia, ya que es el ámbito de participación más cercano a la ciudadanía; tanto para elegir a nuestras autoridades como para influir en la toma de decisiones en los asuntos que nos afectan.
Lupita: —Algo muy importante es que el municipio permite la atención de necesidades y problemas comunitarios, como dotar de servicios públicos básicos y vigilar el orden, entre otros.
Presiona en la imagen para que leas el Artículo 115 de la Constitución, que se refiere al municipio libre, su importancia política y los servicios que abarca.
ARTICULO 115. LOS ESTADOS ADOPTARAN, PARA SU REGIMEN INTERIOR, LA FORMA DE GOBIERNO REPUBLICANO, REPRESENTATIVO, POPULAR, TENIENDO COMO BASE DE SU DIVISION TERRITORIAL Y DE SU ORGANIZACION POLITICA Y ADMINISTRATIVA EL MUNICIPIO LIBRE, CONFORME A LAS BASES SIGUIENTES:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO 1983)
I. CADA MUNICIPIO SERA GOBERNADO POR UN AYUNTAMIENTO DE ELECCION POPULAR DIRECTA, INTEGRADO POR UN PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL NUMERO DE REGIDORES Y SINDICOS QUE LA LEY DETERMINE. LA COMPETENCIA QUE ESTA CONSTITUCION OTORGA AL GOBIERNO MUNICIPAL SE EJERCERA POR EL AYUNTAMIENTO DE MANERA EXCLUSIVA Y NO HABRA AUTORIDAD INTERMEDIA ALGUNA ENTRE ESTE Y EL GOBIERNO DEL ESTADO.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE 1999)
LOS PRESIDENTES MUNICIPALES, REGIDORES Y SINDICOS DE LOS AYUNTAMIENTOS, ELECTOS POPULARMENTE POR ELECCION DIRECTA, NO PODRAN SER REELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO. LAS PERSONAS QUE POR ELECCION INDIRECTA, O POR NOMBRAMIENTO O DESIGNACION DE ALGUNA AUTORIDAD DESEMPEÑEN LAS FUNCIONES PROPIAS DE ESOS CARGOS, CUALQUIERA QUE SEA LA DENOMINACION QUE SE LES DE, NO PODRAN SER ELECTAS PARA EL PERIODO INMEDIATO. TODOS LOS FUNCIONARIOS ANTES MENCIONADOS, CUANDO TENGAN EL CARACTER DE PROPIETARIOS, NO PODRAN SER ELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO CON EL CARACTER DE SUPLENTES, PERO LOS QUE TENGAN EL CARACTER DE SUPLENTES SI PODRAN SER ELECTOS PARA EL PERIODO INMEDIATO COMO PROPIETARIOS A MENOS QUE HAYAN ESTADO EN EJERCICIO.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO 1983)
LAS LEGISLATURAS LOCALES, POR ACUERDO DE LAS DOS TERCERAS PARTES DE SUS INTEGRANTES, PODRAN SUSPENDER AYUNTAMIENTOS, DECLARAR QUE ESTOS HAN DESAPARECIDO Y SUSPENDER O REVOCAR EL MANDATO A ALGUNO DE SUS MIEMBROS, POR ALGUNA DE LAS CAUSAS GRAVES QUE LA LEY LOCAL PREVENGA, SIEMPRE Y CUANDO SUS MIEMBROS HAYAN TENIDO OPORTUNIDAD SUFICIENTE PARA RENDIR LAS PRUEBAS Y HACER LOS ALEGATOS QUE A SU JUICIO CONVENGAN.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 3 DE FEBRERO 1983. MODIFICADO POR LA REIMPRESION DE LA CONSTITUCION, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE OCTUBRE DE 1986)
SI ALGUNO DE LOS MIEMBROS DEJARE DE DESEMPEÑAR SU CARGO, SERA SUSTITUIDO POR SU SUPLENTE, O SE PROCEDERA SEGUN LO DISPONGA LA LEY.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE 1999)
EN CASO DE DECLARARSE DESAPARECIDO UN AYUNTAMIENTO O POR RENUNCIA O FALTA ABSOLUTA DE LA MAYORIA DE SUS MIEMBROS, SI CONFORME A LA LEY NO PROCEDE QUE ENTREN EN FUNCIONES LOS SUPLENTES NI QUE SE CELEBREN NUEVAS ELECCIONES, LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS DESIGNARAN DE ENTRE LOS VECINOS A LOS CONCEJOS MUNICIPALES QUE CONCLUIRAN LOS PERIODOS RESPECTIVOS; ESTOS CONCEJOS ESTARAN INTEGRADOS POR EL NUMERO DE MIEMBROS QUE DETERMINE LA LEY, QUIENES DEBERAN CUMPLIR LOS REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD ESTABLECIDOS PARA LOS REGIDORES;
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 23 DE DICIEMBRE 1999)
De la lectura anterior, podemos concluir que el municipio constituye la base de la organización del gobierno de nuestro país y, por tanto, la base de la democracia, porque es el nivel más inmediato de participación para la ciudadanía. El municipio permite la atención de necesidades y problemas de la comunidad, como la dotación y la adecuada prestación de servicios públicos: agua potable, limpieza, alumbrado público y todos los señalados en la fracción III del artículo que leíste.
En la tabla que se presenta a continuación se puede apreciar más claramente la forma en que se distribuye el poder y las funciones entre los tres niveles de gobierno.
Arrastra los bloques de texto segun corresponda:
¿Y en el Distrito Federal?
En el caso del Distrito Federal, el Jefe de Gobierno tiene funciones similares a las de los gobernadores de los estados; los delegados desempeñan un papel similar al de los Presidentes municipales, aunque no tienen la misma autonomía que éstos, es decir, que no pueden tomar decisiones sobre ciertos aspectos, como lo hacen los presidentes municipales. La Asamblea Legislativa, integrada por diputados locales, es el órgano legislativo. El poder judicial se organiza de forma parecida al de los estados.
Contesta la pregunta y comenta tu respuesta con la persona que te asesora.
¿Qué piensas de la frase, "El Poder Ejecutivo propone y el Poder Legislativo dispone"?
Completa las siguientes frases arrastrando el nivel de gobierno y el poder que le corresponde atender a cada situación. En los cuadros se presentan las opciones de donde puedes elegir la que consideres correcta.
1. "Vecinas y vecinos del poblado El Cubo, no tenemos servicio de agua desde hace una semana". El escrito de queja lo deben dirigir a:
Gobierno: Municipal
Poder: Ejecutivo municipal
2. "En el municipio nos dicen que no existe una ley que nos ampare para evitar que sean expropiadas nuestras tierras para uso federal". ¿Ante quién deben hablar?
Gobierno: Federal
Poder: Ejecutivo
3. "Queremos solicitar un terreno para parque de recreación". ¿En dónde deben presentar la solicitud?
Gobierno: Estatal
Poder: Ejecutivo estatal
4. Un grupo de mujeres se manifiesta en contra de la violencia que viven en sus hogares. ¿Ante quién deben presentar denuncia?
Gobierno: Estatal
Poder: Judicial estatal
5. "Queremos que la autoridad atienda el problema que tenemos: una empresa se ha instalado en terrenos que son parte de un centro de salud". ¿A dónde deben acudir?
Gobierno:
Poder:
6. "Necesitamos una telesecundaria". ¿Ante quién deben presentar la petición?
Gobierno:
Poder:
7. Hace falta una ley que sancione la defecación al aire libre de personas y animales. ¿Ante quién se debe acudir?
Gobierno:
Poder:
8. Es necesario que en cada estado de la república donde se hablan lenguas indígenas se hagan leyes locales que incluyan la obligación de proporcionar un traductor a las personas que hablen una lengua indígena y que enfrenten un proceso judicial. ¿Ante quién se debe acudir?
Gobierno:
Poder:
Entre las características más importantes del Estado democrático de derecho se encuentra su actuación para garantizar el respeto a los derechos humanos, y el establecimiento de los mecanismos para que la ciudadanía exija que se respeten estos derechos cuando se violan.
Asimismo, la división de poderes tiene el propósito de poner límites al ejercicio del poder por parte del Estado; evitar que se concentre en una sola persona o grupo de personas y garantizar que las leyes se apliquen.